Por Matías González Muñoz, Gerente de Compliance en Pallavicini Consultores.
Desde la publicación de la ley 20.393 en diciembre del año 2009, las empresas y expertos en Compliance han estado pendientes de cuáles son los delitos incluidos en la norma y qué sanciones se incluirían. A sorpresa de todos, el catálogo de delitos que comenzó por tres, aumentaba hasta llegar, al día de hoy, a 14.
Inicialmente las empresas no se encontraban tan dispuestas a tener un Modelo de Prevención de Delitos, entre otras razones debido a desconocimiento y despreocupación, por una apuesta de las empresas a que ninguna sería investigada o llevada ante tribunales. Actualmente la dinámica es diferente y un gran número de empresas ha llevado a la práctica su Modelos de Prevención de Delitos, desarrollando una matriz de riesgo legal, incluyendo en sus organizaciones a un Encargado de Prevención de Delitos y buscando capacitaciones y cursos para colaboradores y la Alta Dirección.
En nuestro rol como consultores es común que nuestros clientes nos indiquen directamente cual es su interés en cumplir con la ley 20.393. Una de las causas se debe a que las empresas con las que trabajan nuestros clientes se ven impulsadas a implementar un Modelo de Prevención de Delitos y otra es que al momento de postular en alguna licitación o buscar ganar un proyecto se percatan que la razón de no obtener el proyecto o licitación radica en no contar con un Modelo de Prevención de Delitos.
A medida que se realizan las capacitaciones con nuestros clientes o al momento en que la Alta Dirección de las empresas decide tener un Modelo de Prevención de Delitos, comienza un proceso en que las personas jurídicas toman conciencia de que el trabajo realizado cambiará la cultura de la organización y no sólo hacia su interior, sino que también respecto a terceros, como clientes, competidores, socios estratégicos o cualquier stakeholder. Una organización preocupada del cumplimiento legal se percata que con esto busca ser responsable y no validar un mal comportamiento de los stakeholders ni la ilicitud que podría motivar su actuar. Asimismo, aumenta la conciencia de la organización y un interés en que todos cumplan la ley. En este sentido, si mi área comercial se preocupa por negociar en buenos términos, ¿por qué negociar con quien tiene un actuar corrupto? Si mi área de logística se preocupa de tener guías de despacho al día y que demuestren la realidad, ¿por qué aceptar que otros no lo hagan solo por hacer más entregas? La igualdad ante la ley a veces no es solo un preocupación del Estado, también lo es de los ciudadanos.
En conclusión, son variadas las razones por las que una empresa se propone aumentar su cumplimiento normativo e impulsar cambios dentro de la organización, entre ellas el que en su mercado sea costumbre o esperable que cuente con un Modelo de Prevención de Delitos, que busque aumentar el valor agregado de su organización, haber hecho el cálculo de que invertir en cumplimiento legal es menos costoso en comparación con las sanciones, o bien que directamente busquen que su organización cumpla con un correcto actuar para hacer negocios durante el día y dormir tranquilos de noche.
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